
El Gobierno de los Estados Unidos ha incluido a Nicaragua en la lista de naciones con mayor tránsito de drogas o con mayor producción ilícita con sustancias prohibidas para el año fiscal 2026. La determinación presidencial ha sido presentada ante el Congreso este 15 de septiembre de 2025 y es parte de un informe anual que evalúa la situación del narcotráfico y la cooperación internacional en la lucha contra las drogas.
La lista, abarca 22 países, incluye a naciones de América Latina, Asia y el Caribe, entre ellas Afganistán, México, Colombia, Venezuela, Panamá, Costa Rica, Honduras, Guatemala y El Salvador.
En cuanto a Nicaragua, la inclusión esta atribuida a factores geográficos y económicos que facilitan el tránsito de drogas, así como a la creciente participación de redes criminales en actividades ilícitas que afectan a la región.
La determinación señala que la presencia de un país en este listado no implica necesariamente falta de cooperación por parte de su gobierno, sino que responde a una combinación de factores como ubicación estratégica, rutas comerciales y desafíos institucionales que permiten el flujo de drogas o de precursores químicos necesarios para su producción.
“La presencia de un país en la lista anterior no refleja necesariamente los esfuerzos antidrogas de su gobierno ni su nivel de cooperación con Estados Unidos. De acuerdo con la definición legal de país importante de tránsito de drogas o de país importante de producción ilícita de drogas, establecida en las secciones 481(e)(2) y 481(e)(5) de la Ley de Asistencia Exterior de 1961, en su versión modificada (Ley Pública 87-195) (FAA), la inclusión de países en la lista se debe a la combinación de factores geográficos, comerciales y económicos que permiten el tránsito o la producción de drogas o precursores químicos, incluso si un gobierno ha implementado medidas rigurosas y diligentes de control de narcóticos y aplicación de la ley”, detalla el documento.
Agrega “De conformidad con el artículo 706(2)(A) de la FRAA, designó a Afganistán, Bolivia, Birmania, Colombia y Venezuela por haber incumplido manifiestamente, durante los últimos 12 meses, sus obligaciones en virtud de los acuerdos internacionales antinarcóticos y la adopción de las medidas exigidas por el artículo 489(a)(1) de la FAA. Esta determinación incluye las justificaciones de las designaciones de Afganistán, Bolivia, Birmania, Colombia y Venezuela, según lo exige el artículo 706(2)(B) de la FRAA”.















